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Felipe VI de España convoca nuevas elecciones para el próximo 26 de junio

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Regele Felipe al Spaniei, Foto: Agerpres/Xinhua
Regele Felipe al Spaniei, Foto: Agerpres/Xinhua

Ayer se publicó la convocatoria de elecciones, que se celebrarán el próximo domingo 26 de junio de 2016. Tanto los ciudadanos españoles residentes como los no residentes que figuren inscritos en el Registro de Matrícula Consular (RMC) de esta Embajada podrán ejercer su derecho al voto en estas elecciones, aunque con variantes en el procedimiento. El plazo límite para solicitar la documentación electoral para votar, tanto para residentes como para no residentes, es el 28 de mayo (incluido), informó la Embajada de España en Bucarest.

DESDE LA REFORMA DE LA LOREG DE 2011, EL VOTO ES ROGADO, ESTO ES, HAY QUE PEDIRLO.

NO RESIDENTES

Los españoles que residan en España y se encuentren temporalmente en Rumanía o Moldavia pueden votar en estas elecciones. Los pasos a seguir son los siguientes:

1.INSCRIBIRSE EN EL RMC COMO “NO RESIDENTE” (paso previo obligatorio) en la Sección Consular de la Embajada de España en Bucarest:

http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/BUCAREST/es/Embajada/ServiciosConsulares/padron/Paginas/Tr%c3%a1mites-de-inscripci%c3%b3n-en-el-consulado-o-Embajada.aspx

2.ENTREGAR PERSONALMENTE LA SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN PARA VOTAR en la Sección Consular. El formulario podrá descargarse del siguiente enlace o pedirse en la propia Sección Consular:

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Paginas/ParticipaEnLasElecciones.aspx

Se adjunta también a este correo (impreso VC ERTA.pdf).

Los pasos 1 y 2 pueden realizarse en el mismo momento. Ambos trámites son personales y presenciales.

La fecha límite para entregar la solicitud de documentación para votar será el sábado 28 de mayo. El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 09:00h a 14:00h. La Sección Consular abrirá además el sábado 28 de 11:00h a 14:00h.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) que corresponda remitirá al elector por correo certificado, al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto, no más tarde del día 6 de junio (o del día 14 de junio, si hay impugnación de candidatos).

3.Una vez recibida la documentación en su domicilio, los electores deberán ENVIAR directamente por su cuenta EL VOTO A SU MESA ELECTORAL, por correo certificado, no más tarde del 22 de junio.

RESIDENTES

Los españoles residentes en el extranjero que deseen ejercer el derecho de sufragio deberán figurar en el CERA de estas elecciones. Las listas electorales vigentes para estas elecciones son las cerradas a 1 de marzo de 2016. Este censo incluye las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación y no tiene en cuenta los cambios en el municipio de inscripción producidos en el censo electoral en los doce meses anteriores a la fecha de la convocatoria. A este censo se incorporarán las reclamaciones que resulten estimadas.

Los pasos a seguir son los siguientes:

1.CONSULTAR EL CENSO ELECTORAL Y REALIZAR LAS RECLAMACIONES PARA RECTIFICARLO DEL 9 AL 16 DE MAYO (AMBOS INCLUSIVE). La Sección Consular de esta Embajada mantendrá un servicio de consulta de las listas del censo del lunes 9 al lunes 16 de mayo (ambos inclusive), con horario de lunes a viernes, de 09:00 h a 14:00 h, y sábado 14 y domingo 15 , de 11:00h a 14:00 h. Asimismo, será posible la consulta en la dirección https://sede.ine.gob.es para aquellas personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE (por ejemplo, un DNI electrónico) o llamando al (0034) 901.101.900. Dentro de este plazo (del 9 al 16 de mayo únicamente) cualquier residente interesado podrá presentar personalmente reclamación contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o no sean correctos los que figuren.

2.SOLICITAR LA DOCUMENTACIÓN PARA VOTAR HASTA EL 28 DE MAYO. El impreso de solicitud de documentación para votar se remitirá de oficio a los españoles inscritos en el CERA. Dicho formulario de solicitud se encuentra además disponible en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y en el enlace incluido más abajo; esta Sección Consular lo facilitará también a quien lo precise (se adjuntan también a este correo, en distintos idiomas oficiales – impreso solicitud vxc CERA). Todo elector residente, tanto el que figure correctamente en las listas como el que formule reclamación, deberá solicitar la documentación para votar mediante el citado impreso oficial.

Una vez firmado el impreso de solicitud lo enviará por Internet ( mediante certificado electrónico, ver “Solicitud de voto CERA” en https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA), correo postal o fax a la Delegación Provincial de la OCE que corresponda no más tarde del día 28 de mayo, adjuntando fotocopia del pasaporte, DNI o inscripción en el RMC. Las direcciones y números de fax de las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral (OCE) se encuentran disponibles en http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm

La Delegación Provincial de la OCE que corresponda remitirá a la dirección de la inscripción del elector la documentación para que pueda votar, no más tarde del día 6 de junio (o del día 14 de junio, si hay impugnación de candidatos).

3.VOTAR. Los electores residentes disponen de dos modalidades para ejercer su derecho de sufragio:

a)DEPOSITAR EL VOTO EN URNA: Los días MIÉRCOLES 22, JUEVES 23 Y VIERNES 24 DE JUNIO DE 09:00 H A 20:00 H, los residentes podrán depositar su voto en urna en la Sección Consular de la Embajada.

B)ENVIAR EL VOTO POR CORREO CERTIFICADO: También podrán enviar su voto por correo certificado a la Sección Consular de esta Embajada, NO MÁS TARDE DEL DÍA 21 DE JUNIO.

Le recordamos que, en el supuesto de querer ejercer su derecho de sufragio, deberá respetar rigurosamente los plazos indicados, en función del grupo de electores desde el exterior al que pertenezca.

Podrán encontrar más información en los documentos adjuntos o en el siguiente enlace:

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Paginas/ParticipaEnLasElecciones.aspx

Enviaremos próximamente más detalles sobre las distintas fases del actual proceso electoral.

Para cualquier aclaración al respecto, no dude en llamarnos al 021.318.10.85 o escribir un correo electrónico a emb.bucarest.info@maec.es. Le recomendamos también que nos siga a través de las redes sociales de la Embajada: Twitter @EmbajadaEspBuc y https://www.facebook.com/embespana.bucarest.

Se adjuntan a este correo, además de una nota complementaria, los formularios de solicitud de voto para residentes y para no residentes. Para aclarar e ilustrar el procedimiento de voto, se enviará a continuación una infografía en correo aparte.

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