España endurece la lucha contra el fraude que afecta a las empresas españolas establecidas en Rumania
El Boletín Oficial del Estado español aprobó el martes la Ley 7/2012, que modifica la normativa tributaria y presupuestaria y adecua la financiera para intensificar las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, informa Carlos Sanz, director de la Asesoría CIALT, radicada en Bucarest. El asesor tributario resalta los aspectos de mayor impacto a empresas o personas físicas españolas, sujetos pasivos por algún impuesto en España, que estén o tengan relación con Rumania.
1. Se establece una nuevaobligación de información de bienes y derechos situados en el extranjero, que se tendrá que presentar ya en 2013 con respecto a los bienes y derechos de los que seamos titulares en 2012. A esta obligación se ligan fuertes sanciones. Falta por establecer el procedimiento preciso para realizar esta comunicación a la Agencia Tributaria.
2. En relación a la anterior obligación, se modifican el artículo 39 de la ley reguladora del IRPF y el 134 del Texto Refundido de la que regula el Impuesto sobre Sociedades para considerar ganancias de patrimonio no justificadas o renta no declarada, respectivamente en ambos impuestos, al descubrimiento de bienes o derechos respecto de los que no se hubiera cumplido con la obligación de informar según lo previsto en el párrafo anterior y, lo que es más importante, sin que la demostración de que se adquirieron en periodo prescrito pueda impedir que se impute su valor de adquisición al último periodo entre los no prescritos para el contribuyente. Solo en el caso de que se demuestre que los bienes o derechos se adquirieron con rentas declaradas, o con las obtenidas en un periodo impositivo en el que no fuera sujeto pasivo de estos impuestos, se evitará la liquidación administrativa. También en estos casos se prevé una sanción especial, del 150%, sobre la cuota liquidada por este concepto.
3. Se establece unalimitación, de carácter general, a los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros cuando en las mismas al menos una de las partes es un empresario o profesional. Esta limitación se refuerza con el establecimiento de un régimen sancionador con exención de responsabilidad para la parte denunciante. Esta limitación no entra en vigor inmediatamente, sino a los 20 días de la publicación de la ley.
La entrada en vigor de estas modificaciones desde este miércoles, con la excepción ya mencionada para la limitación de pagos en efectivo y con la nueva restricción a la aplicación del régimen de módulos (en 2013).